La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y el resto de normativa complementaria, establece la obligatoriedad de las organizaciones de controlar cualquier tipo de riesgo laboral al que se exponen sus empleados. Obligando expresamente a facilitar formación específica para cada tarea en materia de seguridad y salud laboral.

Debido a la gran incidencia de la accidentalidad en los trabajos con riesgo eléctrico, es imprescindible contar con una capacitación en materia de seguridad y salud laboral para los Trabajos con Riesgo Eléctrico.